Régimen Normativo
El Organismo otorga cobertura para 2 pares de cristales blancos (orgánicos o mineral) de anteojos correctivos en personas mayores de 40 años (visión cercana y lejana) y menores de 40 años (un par de cristales blancos correctivos) por año. Incluye los respectivos armazones.
Lentes de contacto: con previa intervención de la Auditoría del Area y según las normas dictadas.
Requisitos
Procedimiento
Observaciones
Toda orden con enmiendas y/o correcciones deberá ser salvada de puño y letra del profesional interviniente.
Si la orden tiene fecha de vigencia operada deberá ser actualizada con la intervención del profesional prescribiente al dorso.
Las autorizaciones son a cargo del afiliado o familiar, en ningún caso se dará curso a gestiones realizados por terceros y que soliciten autorización de varias órdenes de distintos afiliados.
La Delegación interviniente deberá informar a la auditoría óptica central toda situación de excepcionalidad y/o que requiera auditoría posterior.
Toda orden con enmiendas y/o correcciones deberá ser salvada de puño y letra del profesional interviniente.
Si la orden tiene fecha de vigencia operada deberá ser actualizada con la intervención del profesional prescribiente al dorso.
Las autorizaciones son a cargo del afiliado o familiar, en ningún caso se dará curso a gestiones realizados por terceros y que soliciten autorización de varias órdenes de distintos afiliados.
La Delegación interviniente deberá informar a la auditoría óptica central toda situación de excepcionalidad y/o que requiera auditoría posterior.