OBSERVACIONES
Toda orden con enmiendas y/o correcciones deberá ser salvada de puño y letra del profesional interviniente (con su firma y sello).
Si la orden tiene fecha de vigencia operada deberá ser actualizada con la intervención del profesional prescribiente al dorso (con su firma y sello).
En caso de que la Óptica informe un RECHAZO de “Elegibilidad” o “Autorización” deberán concurrir al InSSSeP (Resistencia: Casa Central – Interior: Delegación) al Sector correspondiente.
Los Afiliados bajo el Régimen de CONVENIO deben concurrir al InSSSeP previo a la realización de los Anteojos, para el ineriorizarse de la cobertura, y de corresponder, la Autorización y Pago del COSEGURO adecuado.
Todo lo que se seleccione por fuera de la Cobertura Vigente (cristales de color, o tratamientos, o bifocales, o multifocales, armazones de mayor valor, lentes de contacto descartables, etc) y luego del Descuento del Arancel correspondiente, deberá ser abonado por el afiliado de acuerdo a lo pactado con la Óptica elegida y sin otra intervención del InSSSeP.
La Auditoría Óptica se encuentra en la Planta Central del InSSSeP en 9 de Julio 347 y la responsable es la Técnica Óptica Contactóloga NANCY EDITH GÓMEZ – Mat. Prov. Nº 0749 – Tel. 4414400 Int. 2313 - 2316