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INSSSEP DISPONE CELERIDAD Y EFICACIA EN LA ATENCIÓN A LOS AFILIADOS

30
MAR

Dado el aislamiento preventivo obligatorio que rige en la provincia y el País, la creciente cantidad de infectados, la advertencia emanada desde la Organización Mundial de la Salud (OMS) en cuanto a que el contagio de COVID-19 puede tener mayores consecuencias en algunos grupos como ser, ancianos y personas de cualquier edad que  padecen ciertas enfermedades de base (hipertensión, afecciones cardiacas, enfermedades pulmonares, oncológicos, diabéticos, etc.), y teniendo en cuenta además que nuestros afiliados con enfermedades crónicas, integran los grupos de riesgo de esta pandemia, nos lleva a la necesidad de incrementar  el uso de la tecnología informática disponible en el Instituto, para lo cual se dispuso :

Autorizar el uso de recetas electrónicas, (por medio del sistema de conectividad) a afiliados InSSSeP que poseen coberturas especiales, y así sumarnos a  la posibilidad que están brindando los médicos a nuestros afiliados, de poder contactarse de manera no presencial.

De esta manera, cada profesional podrá realizar la prescripción de los medicamentos   mediante  el uso  de la receta electrónica, sin necesidad de requerir la presencia obligatoria del paciente. La utilización de un esquema de seguridad de acceso al sistema InSSSeP por medio de usuario y contraseña (que la totalidad de los médicos prescriptores InSSSeP posee y utiliza habitualmente), asegura que se trate de una prescripción válida.

Este sistema identifica tanto al prestador prescriptor (verificando que se encuentre habilitado para realizar la prescripción) como al afiliado,  (validando automáticamente en línea y en tiempo real su estado de afiliación).

Circuito propuesto

  1. El médico deberá utilizar la funcionalidad “Prescribir Medicamentos” que posibilita que informe en línea y en tiempo real al InSSSeP las prescripciones de medicación que necesite realizar  a nuestros afiliados con coberturas especiales.
  2. El profesional enviará al afiliado una foto del resultado de la prescripción, de los medicamentos por whatsapp o e-mail. Es decir para estos casos, no es obligatoria la impresión de las recetas electrónicas que genera el sistema.
  3. El afiliado, si existen medicamentos que deben ser autorizados, podrá gestionar su autorización a través de la aplicación InSSSePFarma “Trámites”, utilizando la imagen enviada por el médico prescriptor o dirigirse a una delegación del InSSSeP a gestionar la autorización (no recomendable ante esta pandemia).
  4. Cuando los medicamentos se encuentren autorizados, el afiliado podrá:
  5. Solicitar el medicamento a las farmacias sociales habilitadas mediante InSSSePFarma con el fin de verificar su disponibilidad y dirigirse a retirarlos en el momento en que se lo confirmen.
  6. Dirigirse directamente a la farmacia social .
  7. Las farmacias sociales estarán habilitadas a expender los medicamentos autorizados prescriptos por receta electrónica sin la necesidad de requerir la presentación obligatoria (por parte de los afiliados), de la prescripción en papel, firmada y sellada por el profesional,  siempre que la farmacia social pueda validar en el sistema de expendio SUFAR cuáles son los medicamentos prescriptos y autorizados por medio de la receta electrónica.

Ventajas de implementación del circuito propuesto

  1. Reduciremos la exposición a Covid-19 de nuestros pacientes con patologías crónicas ya que evitaremos que deban dirigirse personalmente a retirar las recetas.
  2. Reduciremos el peligro de contagio de nuestros prestadores ya que podrán realizar la prescripción en forma remota.
  3. Al no existir papeles impresos reduciremos el peligro de contagio por su manipulación a nuestros auditores médicos al momento de autorizar y a nuestros expendedores y farmacéuticos de las diferentes farmacias sociales al momento de la dispensación.

Aclaraciones de seguridad

  1. Sabremos que los medicamentos serán prescriptos por un prestador médico que trabaja con nuestra obra social ya que la prescripción a través de receta electrónica se realiza mediante un usuario y contraseña que posee el prestador.
  2. Los dispensadores de farmacia social tendrán acceso a la visualización de los medicamentos autorizados al afiliado mediante esta modalidad utilizando el sistema de dispensación SUFAR que inclusive permitirá la impresión de la prescripción donde se podrá ver el prestador prescriptor y la nómina de medicamentos autorizados para su expendio sin necesidad de contar con la prescripción impresa que generalmente lleva el afiliado.