Traslados en Ambulancias: normado a través de la Resolución del Directorio Nº 0829/11
Los afiliados pueden acceder al traslado en ambulancia según normas vigentes en la Resol.0829/11
El afiliado para acceder al servicio debe presentar:
Pedido médico de traslado en original y copia donde se indique datos completos del afiliado, diagnóstico del paciente, destino del servicio, si se trata de un traslado de bajo o alto riesgo.
La solicitud de traslado debe estar debidamente autorizada por médico auditor del In.S.S.Se.P. quien indicará la imputación del traslado.
Si el afiliado se encontrare internado en un sanatorio debe estar autorizado por médico auditor de terreno.
Para el tramite el afiliado además deberá presentar fotocopia de carnet de obra social fotocopia D.N.I. del paciente.
Para los traslados a Capital Federal de afiliados con residencia en el interior provincial el trámite debe realizarse ante la Delegación Insssep de cada localidad quien determinará la empresa que realizara el servicio, de no contar en esa localidad con empresas conveniadas el trámite exclusivamente debe realizarse en la Sede Central del organismo, con intervención del Departamento Prestaciones de Obra Social.
La orden de traslado debidamente autorizada por el Insssep debe ser presentada ante la empresa por parte del afiliado y/o familiar responsable con su debida conformidad.